Reglamento electoral

Artículo 1. – JUNTA/ MESA ELECTORAL. La tutela del proceso electoral que se regula en el presente Reglamento se encomienda a la Junta/Mesa Electoral, órgano que velará por el cumplimiento de la legalidad de todo el procedimiento y que será elegido de entre las personas socias mayores de edad.

La Junta/Mesa Electoral estará compuesta por las siguientes personas:
  •  Presidente: José Luis Quintana González
  • Vicepresidenta: Ainhoa Adarraga Villa
  •  Secretario: Pietro Paolo Pinillos


Las personas que compongan la Junta/Mesa Electoral perderán la condición elegibles para cargo alguno en la Junta Directiva del Club.

Artículo 2. – CENSO ELECTORAL. El jueves 9 de noviembre el club publicará una relación de todas las personas asociadas que forman el censo electoral provisional y que gozan de la consideración de electores y elegibles para los órganos de gobierno.

Atendiendo al artículo 13 de los estatutos, “las socias y socios mayores de dieciocho años, que tengan plena capacidad de obrar, tendrán la consideración de electores y elegibles para los órganos de gobierno y representación con las limitaciones establecidas en los presentes estatutos”.

Contra la publicación de dicha relación se podrá interponer reclamación ante la Junta/Mesa Electoral, con anterioridad al domingo 12 de noviembre a las 12.00 horas.

Las reclamaciones deberán ser resueltas por la Junta/Mesa Electoral, que deberá publicar el censo electoral definitivo el lunes 13 de noviembre.

Artículo 3. – CANDIDATURAS. El viernes 10 de noviembre se abre un plazo de diez días, hasta el domingo 19 de noviembre, para la presentación de candidaturas a la Junta Directiva del Club, que deberán formalizarse por parte de los representantes de las candidaturas, vía mail ante la Junta/Mesa Electoral en modelo oficial que oportunamente se facilitará. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de los Estatutos, “la Junta Directiva será elegida por la Asamblea General mediante lista cerrada y bloqueada, previo consentimiento y aprobación personal de cada una de las personas que vayan a integrarla.”
Concluido el plazo de presentación de candidaturas, el lunes 20 de noviembre, la Junta/Mesa Electoral proclamará provisionalmente las candidaturas que cumplan con los requisitos exigidos por los estatutos y por este reglamento.

Contra la proclamación de candidaturas, durante el martes 21 y el miércoles 22 de noviembre, las personas interesadas podrán presentar reclamaciones ante la propia Junta/Mesa Electoral, que resolverá las reclamaciones, y pasará a proclamar las candidaturas definitivas. Mencionada proclamación se realizará el jueves 23 de noviembre.

Artículo 4. – ELECCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA. El viernes 24 de noviembre, en el curso de la Asamblea General, se procederá a votar entre las candidaturas existentes.
La votación se realizará ante la Junta/Mesa Electoral. En el momento de la votación las candidaturas participaran a través del representante que hayan designado, de las deliberaciones de la Junta/Mesa Electoral, con voz pero sin voto.

Para ejercer su derecho al voto, los socios deberán acreditar su identidad presentado su Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Carné de conducir.

Una vez celebrada la votación, la Junta/Mesa Electoral procederá al escrutinio de los votos, para lo cual dispondrá de un plazo máximo de quince minutos. Escrutados los votos, procederá a hacer público el resultado y a proclamar a la candidatura ganadora, siendo esta la que mayor número de votos haya recibido.

En caso de que únicamente exista una candidatura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de los Estatutos, no será necesaria votación alguna, y será proclamada por aclamación la nueva Junta Directiva por parte de la Junta/Mesa Electoral.

Artículo 5. – RECLAMACIONES. Una vez proclamada la nueva Junta Directiva, cualquier persona asociada con derecho a voto, podrá realizar reclamación in voce que será resuelta en el momento por parte de la Junta/Mesa Electoral.

La reclamación y la resolución deberán quedar reflejadas en el acta de la Asamblea General.

Artículo 6. – COMUNICACIONES Y PUBLICACIONES. Las comunicaciones con la Junta/Mesa Electoral se realizarán por correo electrónico, a través de la dirección balonmanoardoi@hotmail.com

Las publicaciones o proclamaciones que se realicen, se harán a través de la siguiente dirección web: https://balonmanoardoi.blogspot.com.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.